Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Convocar a audiencia pública en la que se harán las observaciones que se consideren pertinentes, frente a la superación o no del estado de cosas inconstitucional, en el
- Convocar a audiencia pública para que se expongan los resultados de los análisis comparativos e histórico evolutivo respecto de los ejercicios de medición adelantados po
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se convoca a audiencia pública para el día 21 de agosto de 2015, para que en dicho escenario se expongan los resultados de los análisis comparativos e histórico evolutivo respecto de los ejercicios de medición adelantados por la Unidad para las Víctimas y la Contraloría General de la República.
En dicha audiencia también se harán las observaciones que se consideren pertinentes, frente a la superación o no del estado de cosas inconstitucional, en el marco del seguimiento a la implementación de la Sentencia T-025/04 y de sus autos complementarios.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (35 puntos)
- Primero. CONVOCAR a una audiencia pública para los efectos señalados en el párrafo 12 de esta providencia.
- Segundo. FIJAR como fecha, hora y lugar para el desarrollo de la audiencia pública, el viernes veintiuno (21) de agosto de dos mil quince (2015), a partir de las ocho (8:00) de la mañana, hasta las doce y treinta (12:30) de la tarde, en las instalaciones de la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia -Palacio de Justicia-.
- Tercero. CITAR, a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación a Víctimas-SNARIV, a Saber: a la Directora de la Unidad para las Víctimas, en calidad de coordinadora del sistema; a los (as) Ministros (as) del Interior; Agricultura y Desarrollo Rural; Comercio, Industria y Turismo; Cultura; Defensa Nacional; Educación; Hacienda y Crédito Público; Justicia y del Derecho; Salud y Protección Social; Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; Vivienda, Ciudad y Territorio; Relaciones Exteriores y del Trabajo; a los (as) Directores (as) General de la Policía Nacional; Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA; Agencia Nacional para la Pobreza Extrema-ANSPE; Agencia Colombiana para la Reintegración-ACR; Archivo General de la Nación-AGN; Centro Nacional de Memorial Histórica; Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario; Programa Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersonal; Departamento Nacional de Planeación-DNP; Departamento para la Prosperidad Social-DPS; Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario-FINAGRO; Instituto Colombiana de Desarrollo Rural-INCODER; Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF; Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior-ICETEX; Instituto Geográfico Agustín Codazzi-IGAC; Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses; Unidad Administrativa para la Consolidación Territorial-UACT; Unidad de Restitución de Tierras Despojadas y Unidad Nacional de Protección; así como al Registrador Nacional del Estado Civil; Alto (a) Consejero (a) para las Regiones y la Participación Ciudadana; Gerentes de los Bancos Agrario de Colombia y de Comercio Exterior-BANCOLDEX; Alto (a) Consejero (a) Presidencial para la Equidad de la Mujer; Presidente del Consejo Superior de la Judicatura; Superintendente de Industria y Comercio; Superintendente de Notariado y Registro y Superintendente Financiero.
- Cuarto. CITAR, a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, al Contralor General de la República, al Procurador General de la Nación, al Defensor del Pueblo y al Fiscal General de la Nación.
- Quinto. INVITAR, a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la Mesa Nacional de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado, a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, al Representante en Colombia de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados-ACNUR y al Director del Consejo Noruego para Refugiados, con el fin de que presenten sus observaciones, conclusiones y recomendaciones respecto de los puntos de que trata el párrafo 12 del presente auto.
- Sexto. Cada entidad u organización citada o invitada, deberá remitir los nombres de sus representantes, que no podrán exceder de dos (2), incluidos los jefes(as) de cartera o directores (as), al correo: desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co, hasta el dieciocho (18) de agosto de 2015, a las cinco (5:00) de la tarde.
- Séptimo. FIJAR, para el desarrollo de la audiencia pública convocada para el viernes veintiuno (21) de agosto de dos mil quince (2015) la siguiente agenda de intervenciones:
- AGENDA
- 8:00 a 8:10 AM
- Ingreso de los asistentes a la sala de audiencias de la Corte Suprema de Justicia.
- 8:10 a 8:15 AM
- Apertura de la audiencia por parte del señor Presidente de la Sala Especial de Seguimiento
- 8:15 a 8:45 AM
- Intervención de la Directora de la Unidad para las Víctimas
- 8:45 a 9:15 AM
- Intervención del Contralor General de la República
- 9:15 a 9:45 AM
- Intervención del Procurador General de la Nación
- 9:45 a 10:15 AM
- Intervención del Defensor del Pueblo
- 10:15 a 10:25 AM
- RECESO
- 10:25 a 10:55 AM
- Intervención de la Mesa Nacional de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado
- 10:55 a 11:25 AM
- Intervención de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado
- 11:25 a 11:55 AM
- Intervención del Representante en Colombia de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados - ACNUR
- 11:55 a 12:25 PM
- Intervención del Director del Consejo Noruego para Refugiados
- 12:25 a 12:30 PM
- Cierre de la audiencia pública
- Octavo. SOLICITAR a las autoridades citadas a la audiencia pública que los informes que presenten en relación con los requerimientos planteados por la Sala Especial en el párrafo 13 del presente auto, junto con los soportes técnicos que estimen pertinentes, sean radicados en la Secretaría General de la Corte Constitucional el diecinieve (19) de agosto de 2015.
- Noveno. DETERMINAR la moderación de la audiencia pública en mención, en cabeza de la señora Secretaria General de la Corte Constitucional.
- Décimo. ADVERTIR a las autoridades públicas de las entidades citadas a la audiencia pública de la referencia, sobre la obligación de atender la orden proferida por la Corte y permanecer durante todo el desarrollo de la audiencia, so pena de incurrir en las conductas previstas en los artículos 19 y 52 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.